Decreto Nº908-2023
Créase un Fondo Fijo en la Subsecretaría de Coordinación Cultural. [1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O. 3566 del 14-04-23.-
Dictado el 03-04-23.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1º.-Créase un Fondo Fijo en la Subsecretaría de Coordinación Cultural, dependiente de la Secretaria de Cultura, para solventar gastos que se originen por el funcionamiento del Programa “Fomento de la Comunidad Aborigen”, por el monto de $500.000,00
Artículo 2°.-A los efectos de lo determinado precedentemente la Habilitación de Educación y Cultura depositará en la cuenta bancaria abierta a tal efecto, la suma indicada en el artículo anterior, designándose responsables de la misma a las Señoritas Lorena Antonia RUBÍN DNI: N° 27.214.818 y Beatriz Eugenia CALDERÓN, D.N.I. N° 18.610.147.
Artículo 3°.-El Fondo Fijo mencionado en el artículo 1° estará sujeto a rendición de cuentas mensual, pudiendo rendirse en períodos menores en caso de haberse invertido el 70 % del monto total. Las rendiciones deberán presentarse ante la Habilitación de Educación y Cultura, las que fiscalizadas por la misma deberán elevarse a la de Subsecretaría de Coordinación Cultural para la aprobación, adjuntando los comprobantes respectivos y relación detallada de los mismos, refrendada por los responsables de la cuenta señalada en el Artículo 2°, correspondiendo la restitución en el momento de la rendición.
Artículo 4°.-EI presente gasto se atenderá con cargo a la Jurisdicción: “Y”-Unidad de Organización-01-C 0-F y F 510-01-011-02-02-01-000-9060-SERV. NO PER. -C.P.A-la suma de $ 300.000,00 con cargo a la Jurisdicción “Y”Unidad de Organización 01-C 0-F y F 510-01-011-01-02-01-000-9089-“BIENES DE CONSUMO -C.P.A-, por la suma de $ 200.000,00, del presupuesto vigente.
Artículo 5º.-Los responsables deberán presentar la última rendición de cuentas del ejercicio con una anticipación mínima de 5 días antes del 31 de Diciembre del corriente año, procediendo a reintegrar simultáneamente el saldo no invertido de dicho fondo